1. IRPF. Se reduce el número de tramos de siete a cinco; En la próxima declaración oscilarán del 20% al 47% y en la siguiente del 19% al 45%. En los tramos bajos del impuesto se notará también el aumento de los mínimos personales. Los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros no tributarán por IRPF. Se incrementan los mínimos personales y familiares.
Además, las rentas exentas pueden aumentar hasta un 32% según el número de descendientes, su edad, la existencia de ascendientes a cargo y la existencia de familiares con discapacidad.
También se aplicarán ayudas de hasta 100 euros al mes para casos como las familias con hijos dependientes con discapacidad.
Las comunidades autónomas tienen competencia sobre el 50% del impuesto sobre la renta, por lo que algunas como Cataluña tendrán un IRPF más alto.
2. Las plusvalías tributará el tipo general del ahorro: A partir de 2015, todas las plusvalías, con independencia del plazo en el que se hayan generado, lo harán al 20% si la cuantía es de hasta 6.000 euros, con el objetivo de que el tipo definitivo sea el 19% en 2016.
3. Se reducen los gravámenes al ahorro hasta niveles de 2011: las retenciones que aplicarán a los rendimientos de capital. El tipo máximo pasa del 27% al 23% y el mínimo, del 21% al 19%. Para las rentas hasta 6.000 euros, bajará del 21% actual, al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Para los rendimientos entre 6.000 y 50.000 euros, el tipo se reducirá del 25% actual al 22% en 2015 y al 21% en 2016. Mientras que las ganancias de más de 50.000 euros, pasarán del 27%, al 24% en 2015 y al 23% en 2016.
4. Plan ahorro 5: Se podrá adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro, que garantice la retribución de, al menos, el 85% de la inversión y los rendimientos que generen disfrutarán de la exención fiscal siempre y cuando la inversión se mantenga un mínimo de cinco años. Siguiendo esta premisa, el contribuyente que opte por este modelo ahorrará la tributación como renta del capital, que ahora va del 21% al 27%.
5. Dividendos: Las rentas percibidas por los contribuyentes en concepto de retribución a accionistas empezarán a tributar desde el primer céntimo. Su impacto verá reducido con la nueva escala de tipos que se aplicará al ahorro.
6. Planes de pensiones: Las aportaciones máximas a los planes de pensiones que pasan de los 10.000 euros a los 8.000 euros.
7. El IVA se mantiene sin cambios. Se mantiene el tipo general en el 21%. Si se modifica la tributación de algunos productos sanitarios, que pasan del 10% al 21%. Una subida que no afecta a las gafas, las prótesis, las muletas o las sillas de ruedas.
8. Bajada del impuesto de Sociedades. En 2015 el tipo de gravamen será del 28% y a partir de 2016 el caso general será del 25%. Para las entidades financieras y petroleras se mantiene en el 30%.
Se incrementan las bases imponibles del impuesto Sociedades y se simplifican las tablas de amortización para que haya un número más limitado.
9. Autónomos. Los trabajadores autónomos con una renta anual por debajo de 12.000 euros pasarán a tributar en el IRPF un 15% en vez del 21% desde julio, lo que supondrá un ahorro en los próximos seis meses de entre 250 y 300 euros para cada beneficiario.
Se mantiene la figura de tipo reducido para pymes de nueva creación así como para la primera parte de la base imponible de estos autónomos en hasta 300.000 euros
10. Tributación de la indemnización por despido. La aplicación de esta reforma es automática.
Se incorpora mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado(equivalente a un sueldo de 20.000 euros), y a partir de ahí se empieza a tributar.
11. Deducción por el alquiler. Afecta tanto a propietarios como inquilinos. Para los inquilinos, se elimina la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos de arrendamiento que se firmen a partir del 1 de enero de 2015, es decir, solo afectará a los nuevos alquileres.
Sube la deducción estatal para inquilinos al 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler para los contribuyentes con una base imponible máxima que no supere los 24.107,20 euros.
Para los propietarios de viviendas en alquiler se reduce el importe de la deducción desde el 60% actual, para inquilinos mayores de 35 años, hasta el 50%. En el caso de inquilinos menores de 30 años, se elimina la exención total desde esa misma fecha.
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