Entre otras cosas hay un cambio en el sistema de módulos y tendrán la posibilidad de desgravar hasta la mitad de los gastos derivados de la actividad.
- Modificación del sistema de módulos: con este sistema, la Agencia Tributaria establece una cuota según unos parámetros objetivos en función del tamaño, el tipo de actividad o la potencia de electricidad contratada. Este año se reduce el número de empresas que pueden acogerse a este sistema, disminuyendo también el límite de ingresos de 450.000 euros a 250.000. Los autónomos que emitan facturas a compañías con rendimientos por encima de los 225.000 euros tampoco podrán beneficiarse. Quedan, además, excluidos los sectores de la madera, construcción, industria agroalimentaria y artesanía.
- Cobros por nómina de socios trabajadores: a partir de este año será preciso que los socios de una compañía se den de alta como autónomos cuando el rendimiento producido por el socio proceda de una actividad económica realizada a favor de la sociedad. También será preciso que se registre como autónomo si va a trabajar para sociedades dedicadas a la prestación de servicios profesionales. Hay que decir que los administradores y consejeros verán reducida la retención del 37 al 35%, pudiendo acogerse a los beneficios que ofrece a los nuevos autónomos la ley de emprendedores.
- Amortización de autónomos: los autónomos podrán desgravar este año hasta el 50% de los gastos relacionados con su actividad. Es preciso que estén vinculados a la actividad que realicen profesionalmente y lo justifiquen. Todavía no servirá de gran ayuda para los trabajadores por cuenta propia que desempeñen su actividad en casa, ya que resulta complicado separar el uso profesional del teléfono, electricidad o el agua.
- Límites en gastos de atención a clientes: hasta ahora no había un límite, pero se ha impuesto un máximo del 1% de la cifra de negocios. Esto afecta en gran medida a los autónomos, que en el caso de rebasar esta cifra tendrán un sobrecoste en los gastos no deducibles.